El sitio Web de La policía Nacional www.policia.gob.ni, posee un dominio regional institucional por lo que la información que contiene es seria escrita de manera lineal y en bloques y es actualizada de acuerdo a las actividades que se realizan en al institución con nuevas notas sin darle seguimiento a las anteriores que han quedado incompletas.
Fácil de cargar, utiliza colores suaves en el fondo y los equilibra con otras tonalidades que facilitan la distinción de todos los elementos, ya sean fotografías o texto en su mayoría. La luminosidad en el centro da realce al contenido que se abre al desplegar cada página. La tipografía es simple, un tanto pesada para la lectura. La jerarquización de los textos está fuertemente marcada.
La página inicial muestra presentaciones de publicidad e imágenes del trabajo policial, todas se pueden ver desde cualquier computadora sin ningún problema.
Está organizada en tres columnas con menú de páginas a la derecha e izquierda, la mayoría posee un logotipo o icono que aclara el contenido de la misma.
Para acceder al Centro de Documentación se requiere una inscripción previa en la página de lo contrario solo se mostrarán “cajas” con información general imprecisa y desordenada de sobre generalidades de la ley que ellos consideran importante.
El sitio es bastante simple y desaprovecha al infinidad de herramientas multimedia. Los únicos elementos que incorpora son pequeñas fotografías, presentaciones de publicidad simples y poco atractivas y un mal servicio de video para el programa Visión Policial.
El programa carga con dificultad y las imágenes se ven con poco resolución, las imágenes apenas se destinguen y el audio se entrecorta. Es casi imposible informarse de las diferentes ediciones del programa por estas deficiencias.
No utilizan el servicio de alarmas en lo absoluto. Tampoco incorporaron el servicio RSS propio o de otras páginas en su sitio. Solamente colocaron cuatro enlaces con sitios Web del gobierno que cargan de vez en cuando.
Con respecto al cumplimiento del artículo 20 de la Ley de Acceso a la Información esta página comete muchas faltas.
En todo el sitio se pueden encontrar solamente tres requerimientos de la ley que son: Presentación del organigrama de la institución aunque no presenta detalles como funciones y servicios que presta, normas jurídicas que las rigen, visión y misión.
También da lo nombres de los servidores públicos que integran la Dirección Superior, pero no de los que están a cargo de la Oficina de Acceso a la Información Pública y el Banco de Datos de la Institución.
De igual manera muestra algunos servicios y programas de apoyo que ofrecen, así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos facilitando direcciones electrónicas o números telefónicos.
Y por último la información anual de las actividades realizadas o por realizarse de manera general.
A partir de esto, lo demás apéndices del artículo 20 de la ley son violados por omisión de información de interés público. No existe un registro real de gastos, de inversiones, pagos o estado financiero de la institución.
Así como no muestra resultado de proyectos y obras o programas a ejecutar, convocatorias, contrataciones o utilidad de compras y bienes adquiridos o de donaciones.
Tampoco presenta las supervisiones, evaluaciones, auditorías o investigaciones que realicen sus entes reguladores.
Así como de igual manera se omiten los recursos que se han interpuestos contra los actos administrativos de esa entidad y las resoluciones que se han dictado para resolverlos y la información del cumplimiento de requisitos exigidos por ley para obtener de esa institución un registro, concesión, permiso, licencia, autorización, exoneración, subsidio o adjudicación de una licitación; así como los resultados de los mismos.
En algún lugar del mundo...
Hace 12 años
